AMPLIADA LA EDAD DEL MENOR A
LOS 12 AÑOS
La reforma laboral trae cola. En los periodos
vacacionales el gobierno aprovecha la bajada de guardia propia de estas fechas
para cambiar el Estatuto de los Trabajadores evitando todo debate. Ya sucedió
en agosto y ahora vuelve a pasar con la última modificación recogida en el Real
Decreto Ley 16/2013 de 20 de diciembre de 2013.
En esta norma se recoge, entre otros cambios (muchos
referentes al contrato a tiempo parcial, que parece ser la estrella de la
contratación en este país últimamente), uno que te afecta si estás en reducción
de jornada por cuidado de hijos, piensas solicitarla o te has planteado esta
opción alguna vez:
Anteriormente, este derecho a reducción de jornada
diaria, con descuento del salario de forma proporcional, abarcaba hasta la edad
de 8 años del menor. La nueva norma, justificada como necesaria para favorecer
la conciliación de la vida familiar y laboral, ha modificado esta edad hasta los
12 años del menor. (Este particular
ya lo venían disfrutando los funcionarios públicos, no así el resto de
trabajadores).
NUEVA
REDACCIÓN: Art. 37.5 E.T. “Quien por
razones de guardia legal tenga a su cuidado directo algún menor de 12 años o una persona con discapacidad
física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá
derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución
proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de
la duración de aquélla”
Si deseas solicitar tu derecho a reducción de jornada
en base al art. 37.5 de E.T. o ampliar la duración de la misma, tendrás que
comunicar a Recursos Humanos tu intención e indicar las condiciones de la
reducción de jornada horaria (duración, porcentaje de reducción, etc). Nuestra
recomendación es que pongas en conocimiento del sindicato la tramitación de la
solicitud, en su caso, de modo que pueda efectuar un seguimiento que garantice
el ejercicio de tu derecho con todas las garantías.
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