¿Qué plazo hay para solicitar la adhesión al programa?
Desde el día 7 de junio está
abierto el plazo hasta el 21 de junio de 2013 para el primer turno, para el
resto de los turnos en cualquier momento hasta el mes de marzo de 2017.
¿Pueden denegarme la solicitud?
La empresa podrá denegar la
solicitud de los trabajadores que se encuentren en los siguientes supuestos:
Directores regionales, jefes de zona, directores y subdirectores de oficinas,
directores de área, departamento y personal técnico destinado en Madrid o en
las Territoriales cuya sustitución suponga contratación externa.
Para el resto de colectivos la
empresa podrá denegar hasta un 5% de las solicitudes formuladas.
¿Puedo escoger el turno?
Puedes solicitar el turno que más
te interese y serás asignado al mismo si no estas entre el cupo de solicitudes
denegadas de ese turno.
¿Pueden asignarme de forma forzosa?
Si el número de solicitudes
aceptadas es inferior a 125 en cada turno, el diferencial será cubierto por
designación de BMN.
¿Pueden asignarme a varios turnos?
Ningún empleado, salvo solicitud
en sentido contrario, podrá ser adscrito a más de un turno.
Los empleados que hayan sido
suspendidos en los años 2012 o 2013, (3 o 6 meses), no podrán ser objeto de suspensión hasta los
años 2015 y 2016 respectivamente, salvo razones organizativas excepcionales
acordadas en la Comisión
de Seguimiento.
¿Qué tiempo dura la suspensión y que cuales son los turnos?
La duración será de 9 meses en cada
uno de los 6 turnos:
1º.- 01/07/2013 a 31/03/2014 2º.- 01/04/2014 a 31/12/2014
3º.- 01/01/2015 a 30/09/2015 4º.- 01/10/2015 a 30/06/2016
5º.- 01/07/2016 a 31/03/2017 6º.- 01/04/2017 a 31/12/2017
¿Cobraré paro, durante cuanto tiempo y que importe?
Si, durante los 9 meses, siempre que tengas acumuladas cotizaciones
como mínimo durante 30 meses en los 6 años anteriores.
Importe mensual máximo de la
prestación:
Sin hijos: 1087,25 €
- Con 1 hijo a cargo: 1242,20 €
- Con dos hijos o más: 1397,83 €
¿Recibiré alguna prestación económica por parte de BMN?
Durante los 9 meses recibirás de
BMN para facilitar la mejora de tu empleabilidad y capacitación profesional un
plus de 600 € mensuales.
¿Si estoy en suspensión de contrato me pueden aplicar otros programas?
Los trabajadores adscritos
quedarán exentos de ser incluidos en el programa de reducciones de jornada.
¿En que situación quedarán los préstamos de empleado durante el
periodo de suspensión?
Los préstamos seguirán en las
mismas condiciones, pero podrás solicitar un anticipo social por el importe de
las cuotas a pagar durante esos 9 meses y con esa finalidad, que empezarás a devolver al finalizar la
suspensión en los términos que regula en Convenio Colectivo.
¿A dónde volveré cuando acabe la suspensión?
-
En
caso de que tu oficina no se haya integrado o tu unidad de S.C. no se haya
reestructurado y/o reubicado, en la misma oficina o unidad o en un radio de 25
Kms.
-
En
caso de que tu oficina se haya integrado, en un radio de100 Kms para las
situadas en zona core y 200 Kms para las situadas en zona no core.
-
Si
la unidad de S.C. ha sido reestructurada y/o reubicada, la incorporación será
en un radio máximo de 200 kms.
-
En
aquellos casos (Territorios no peninsulares, Madrid y S.C. Catalunya) que no
fuera posible organizativamente la aplicación de los anteriores límites se
aplicará lo previsto para los supuestos de movilidad geográfica.
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