UGT BMN-Andalucía: SUSPENSIONES DE CONTRATO -PREGUNTAS FRECUENTES

martes, 18 de junio de 2013

SUSPENSIONES DE CONTRATO -PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué plazo hay para solicitar la adhesión al programa?

Desde el día 7 de junio está abierto el plazo hasta el 21 de junio de 2013 para el primer turno, para el resto de los turnos en cualquier momento hasta el mes de marzo de 2017.

¿Pueden denegarme la solicitud?

La empresa podrá denegar la solicitud de los trabajadores que se encuentren en los siguientes supuestos: Directores regionales, jefes de zona, directores y subdirectores de oficinas, directores de área, departamento y personal técnico destinado en Madrid o en las Territoriales cuya sustitución suponga contratación externa.
Para el resto de colectivos la empresa podrá denegar hasta un 5% de las solicitudes formuladas.

¿Puedo escoger el turno?

Puedes solicitar el turno que más te interese y serás asignado al mismo si no estas entre el cupo de solicitudes denegadas de ese turno.

¿Pueden asignarme de forma forzosa?

Si el número de solicitudes aceptadas es inferior a 125 en cada turno, el diferencial será cubierto por designación de BMN.

¿Pueden asignarme a varios turnos?

Ningún empleado, salvo solicitud en sentido contrario, podrá ser adscrito a más de un turno.
Los empleados que hayan sido suspendidos en los años 2012 o 2013, (3 o 6 meses),  no podrán ser objeto de suspensión hasta los años 2015 y 2016 respectivamente, salvo razones organizativas excepcionales acordadas en la Comisión de Seguimiento.

¿Qué tiempo dura la suspensión y que cuales son los turnos?

La duración será de 9 meses en cada uno de los 6 turnos:

1º.- 01/07/2013 a 31/03/2014              2º.- 01/04/2014 a 31/12/2014
3º.- 01/01/2015 a 30/09/2015              4º.- 01/10/2015 a 30/06/2016
5º.- 01/07/2016 a 31/03/2017              6º.- 01/04/2017 a 31/12/2017

¿Cobraré paro, durante cuanto tiempo  y que importe?

Si,  durante los 9 meses,  siempre que tengas acumuladas cotizaciones como mínimo durante 30 meses en los 6 años anteriores.
Importe mensual máximo de la prestación:
Sin hijos:   1087,25 €  -   Con 1 hijo a cargo:   1242,20 €  -  Con dos hijos o más:   1397,83 €

 ¿Recibiré alguna prestación económica por parte de BMN?

Durante los 9 meses recibirás de BMN para facilitar la mejora de tu empleabilidad y capacitación profesional un plus de 600 € mensuales.

¿Si estoy en suspensión de contrato me pueden aplicar otros programas?

Los trabajadores adscritos quedarán exentos de ser incluidos en el programa de reducciones de jornada.

¿En que situación quedarán los préstamos de empleado durante el periodo de suspensión?

Los préstamos seguirán en las mismas condiciones, pero podrás solicitar un anticipo social por el importe de las cuotas a pagar durante esos 9 meses y con esa finalidad,  que empezarás a devolver al finalizar la suspensión en los términos que regula en Convenio Colectivo.

¿A dónde volveré cuando acabe la suspensión?

-         En caso de que tu oficina no se haya integrado o tu unidad de S.C. no se haya reestructurado y/o reubicado, en la misma oficina o unidad o en un radio de 25 Kms.
-         En caso de que tu oficina se haya integrado, en un radio de100 Kms para las situadas en zona core y 200 Kms para las situadas en zona no core.
-         Si la unidad de S.C. ha sido reestructurada y/o reubicada, la incorporación será en un radio máximo de 200 kms.

-         En aquellos casos (Territorios no peninsulares, Madrid y S.C. Catalunya) que no fuera posible organizativamente la aplicación de los anteriores límites se aplicará lo previsto para los supuestos de movilidad geográfica.

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